El Tribunal Constitucional confirma que la Red Natura 2000 «no es urbanizable»

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La sentencia del TC impide cualquier posible construcción en los espacios de la Red Natura 2000 en todo el territorio nacional / DLM

El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia por la que se estima sustancialmente la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) en el marco del procedimiento contencioso administrativo en el que ya se ha declarado la ilegalidad de la urbanización de la isla de Valdecañas, según informa Ecologistas en Acción.

Todo este procedimiento proviene de la homologación por parte de la Junta de Extremadura del PIR Marina Isla de Valdecañas, decisión que fue recurrida por Ecologistas en Acción.

En dicho procedimiento ante el TSJ de Extremadura, las organizaciones ecologistas solicitaron que se plantease una cuestión de inconstitucionalidad por la Sala contra dicha reforma legislativa de la LSOTEX.

Argumentaron que se trataba de una ley singular dictada para evitar los efectos de la sentencia y además contradecía la legislación básica estatal al permitir urbanizar suelo no urbanizable (en la actualidad suelo rústico) integrado dentro de la Red Natura 2000.

Lo relevante es que el Tribunal Constitucional vuelve a confirmar, por tercera vez, lo alegado por las asociaciones ecologistas: “que la utilización de los terrenos con valores ambientales que sean objeto de protección por la legislación aplicable, quedará siempre sometida a la preservación de dichos valores, y comprenderá únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que aquella legislación expresamente autorice. Protección que alcanza aún mayor intensidad, si cabe, en el caso de los espacios naturales especialmente protegidos y los incluidos en la Red Natura 2000”.

Según Ecologistas en Acción «esta regulación es de carácter estatal y básico y no puede ser alterada por las comunidades autónomas como hizo la Junta de Extremadura en su Ley 9/2011 con la pretensión de legalizar el complejo Marina Isla Valdecañas, la cual es declarada inconstitucional».

Las organizaciones ecologistas entienden que, con este pronunciamiento del Tribunal Constitucional, se cierra el debate sobre la imposibilidad legal de ejecutar las sentencias sobre Valdecañas.

«Al mismo tiempo -concluyen- debilita los argumentos planteados por la Junta de Extremadura respecto a la imposibilidad material, al entender el TC que la urbanización supone la desprotección y destrucción de facto del espacio afectado».

Las organizaciones ecologistas manifiestan su satisfacción tras más de doce años de procedimiento y tres sentencias favorables «e instan a los responsables de este desatino que asuman su responsabilidad aceptando y ayudando a ejecutar las sentencias de restauración del suelo a su estado previo, pues lo paradójico de esta situación es que sean las organizaciones ambientales las que sean objeto de una intensa campaña de desprestigio por defender la legalidad urbanística, el desarrollo sostenible y el medio ambiente en Extremadura, cuando esta es una responsabilidad de los poderes públicos».

Sentencia completa del Tribunal Constitucional